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¿Sernac de derechos sociales?

29 de octubre del 2017


Qué ironía. El Partido Comunista demandó ante un juzgado civil a una familia que ocuparía ilegalmente un terreno de su propiedad en el Arrayán. Ojalá la justicia actúe ágilmente. Es que asegurar los derechos establecidos en la ley, en este caso el de propiedad, no es chacota. Hay que hacerlo bien. Eso debería obligar a ser cuidadosos a los políticos que prometen consagrar legalmente amplios derechos sociales. La ecuación es simple: más larga la lista, más difícil asegurarla. Colombia conoce tal álgebra. A través de un amplio conjunto de derechos económicos, culturales, colectivos y del medio ambiente, su Constitución de 1991 estableció un "Estado Social de Derecho". Pero, claro, inscribirlos no bastaba, había que protegerlos y aplicarlos. ¿Un Sernac dedicado a ellos? No sería suficiente. Así Colombia optó por instaurar en su Constitución las "acciones de tutela". ¿Qué es una tutela? Es el mecanismo que asegura que toda persona pueda reclamar ante los jueces la protección inmediata de sus derechos constitucionales, cuando quiera estos resulten amenazados por la acción u omisión de la autoridad pública. La ley establece además tiempos: presentada una tutela, los jueces tienen 10 días para fallarla. De ser aceptada, los servicios públicos tienen 48 horas para implementarla. ¡Qué eficiencia!, dirá usted. Paciencia, que del dicho al hecho hay mucho trecho. Adivine qué pasó. La amplitud de los beneficios consagrados generó un tsunami de reclamos y con él brotó la extravagancia. Por ejemplo, un juez determinó que el proveedor de salud no solo debía darle una muñeca inflable a un individuo con una adicción sexual, sino además proveerle sus repuestos. Todo para asegurar el derecho a la salud. Casos como este sobran. Si bien tal realismo mágico no encendió alarmas, sí lo hizo el inmenso número de tutelas. De hecho, funcionarios públicos recibieron órdenes de arresto por no implementar miles de fallos en el tiempo establecido. No importó que fuese físicamente imposible procesarlos en 48 horas, la ley estaba para ser cumplida. ¿La solución? Una colosal burocracia para "resolver" el problema. Nada contenía entonces la inflación de tutelas. Bueno, nada hasta que las cuentas fiscales no dieron abasto. El fenómeno generó un déficit de proporciones. Fue tal la preocupación que en 2011 Colombia reformó su Constitución agregando el principio de "Sostenibilidad del Estado", que obliga a los servicios públicos a atender la racionalidad económica en sus acciones. ¿Duro golpe a quienes consideran que los derechos no deben estar reglados por la economía? Solo para los que no quieren entender que la sostenibilidad fiscal es también un derecho fundamental: asegura que las garantías de las futuras generaciones no sean letra muerta. Como el reclamo del Partido Comunista ante una ocupación que parece ilegal, esto es sentido común. Columna publicada en El Mercurio.
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Columna

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Constitución

publicColaboración con Instituciones Internacionales

Universidad de Maryland
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Sergio Urzúa

Ing. Comercial U. de Chile. Ph.D. en Economía U. de Chicago (EE.UU.). Associate Professor University of Maryland.

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